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Servicios Notariales
Área Protocolar
A. PROCESOS NO CONTENCIOSOS
SUCESIÓN INTESTADA
Requisitos:
- Solicitud dirigida al notario, autorizada por abogado; en dicha solicitud se consignara los siguientes datos:
• Datos personales del solicitante, (nombre del causante).
• Petitorio o materia de la solicitud.
• Nombres de los presuntos herederos y sus domicilios.
• Fundamentos de hecho y de derecho.
• Relación de bienes conocidos, de ser el caso.
• Indicar los medios probatorios que se adjuntan.
• Firma del o los solicitantes.
• Fecha. - Copia legible del documento de identidad del o los solicitantes, vigentes y con la constancia de la última votación, pago de multa o dispensa.
- Partida de defunción original.
- Partida de matrimonio original (en caso que el causante tuviera a su cónyuge vivo).
- Partidas de nacimiento de los hijos o documento público que contenga el reconocimiento o la declaración judicial, si se trata de hijo extramatrimonial o adoptivo.
- Certificado negativo de sucesión intestada. (otorgado por Registros Públicos).
- Certificado negativo de testamento. (otorgado por Registros Públicos).
- Declaración Jurada firmada respecto a que el último domicilio del causante es la Provincia de Lima.
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA
Requisitos:
- Solicitud dirigida al notario, autorizada por abogado; en dicha solicitud se consignara los siguientes datos:
• Datos personales del solicitante.
• Petitorio; que comprende la determinación clara y concreta del error o errores en que se ha incurrido en la o las partidas respectivas. Es pertinente indicar que el error solo debe referirse errores u omisiones en nombres, apellidos, u otros que resultan evidentes del tenor de las propias partidas o de otros documentos probatorios. No puede invocarse para cambio de nombre y apellido.
• Fundamentos de derecho.
• Indicar los medios probatorios que se adjuntan.
• Fecha. - Copia legible del documento de identidad del solicitante vigente y con la constancia de la última votación, pago de multa o dispensa.
- Partida que se solicita rectificar.
- Instrumentos que acrediten fehacientemente el petitorio, entre otros:
• Partida de nacimiento.
• Partida de matrimonio.
• Partida de defunción.
• Partida de bautismo.
• Libreta Electoral o DNI.
• Pasaporte.
• Carné de extranjería, etc.
Reconocimiento de union de hecho
Requisitos
- Solicitud dirigida al notario, autorizada por abogado; en dicha solicitud se consignara los siguientes datos:
• Datos personales de los solicitantes.
• Petitorio o materia de la solicitud.
• Fundamentos de hecho y de derecho.
• Indicar los medios probatorios que se adjuntan.
• Firma del o los solicitantes.
• Fecha. - Declaración Jurada de reconocimiento expreso que conviven no menos de dos (2) años de manera continua y que se encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso.
- Certificado domiciliario de los solicitantes.
- Certificado negativo de unión de hecho tanto del varón como de la mujer, expedido por el registro personal de la oficina registral (Registros Públicos) donde domicilian los solicitantes.
- Declaración de dos (2) testigos indicando que los solicitantes conviven dos (2) años continuos o más.
- Otros documentos que acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos (2) años continuos, entre otros:
• Partida de Nacimiento de los hijos que tengan en común los solicitantes.
• Copia literal actualizada de la Partida Registral del inmueble adquirido en común, de ser el caso.
• Boleta informativa expedida por Registros Públicos, del vehículo adquirido en común, de ser el caso.
• Recibo de luz, agua, teléfono del domicilio común
SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DIVORCIO ULTERIOR
Requisitos
- Solicitud de separación convencional y divorcio ulterior por escrito, señalando nombre, documentos de identidad y el último domicilio conyugal, con la firma y huella digital de cada uno de los cónyuges.
- Copias simples y legibles de los documentos de identidad de ambos cónyuges.
- Acta o copia certificada de la Partida de Matrimonio, expedida dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Declaración jurada, con firma y huella digital de cada uno de los cónyuges, de no tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad.
- En caso de existir hijos menores ó hijos mayores con incapacidad: Acta o copia certificada de la Partida de Nacimiento, expedida dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y copia certificada de la sentencia judicial firme o acta de conciliación respecto de los regímenes del ejercicio de la patria potestad, alimentos, tenencia y de visitas de los hijos menores o hijos mayores con incapacidad, si los hubiera.
- Escritura Pública inscrita en los Registros Públicos, de separación de patrimonios; o declaración jurada, con firma e impresión de la huella digital de cada uno de los cónyuges, de carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales.
- Escritura Pública inscrita en los Registros Públicos, de sustitución o liquidación del régimen patrimonial, si fuera el caso.
Adopción de personas capaces
Requisitos
- Minuta dirigida al Notario, autorizada por abogado; que consigne los siguientes datos:
• Datos personales del adoptante.
• Datos personales del adoptado.
• La manifestación expresa del adoptante y el adoptado de celebrar el acto jurídico de adopción.
• Declaración bajo juramento del adoptante de gozar de solvencia moral.
• Fundamentos de derecho.
• Indicar los medios probatorios que se adjuntan.
• Firma del adoptante y adoptado. - Copia legible del documento de identidad del adoptante.
- Copia legible del documento de identidad del adoptado.
- Partida de nacimiento del adoptante.
- Partida de nacimiento del adoptado.
- Partida de matrimonio del adoptado, en caso este fuese casado.
- Partida de matrimonio del adoptante, en caso este fuese casado.
- En el supuesto de que el adoptado tuviese bienes se presentara inventario en instrumento público (testimonio).
- Las pruebas destinadas a acreditar la solvencia moral del adoptante.
Constitución de patrimonio familiar
Requisitos
- Minuta dirigida al Notario, autorizada por abogado; en dicha minuta se consignara los siguientes datos:
• Datos personales del (los) solicitante(s).
• Petitorio o materia de la solicitud.
• Individualización del predio que se propone afectar.
• Señalar el nombre y apellido de los beneficiarios, indicando el vínculo familiar que los une.
• Fundamentos de derecho.
• Indicar los medios probatorios que se adjuntan.
• Fecha.
• Firma del otorgante. - Copia legible del documento de identidad del (los) otorgante (s).
- Partidas de nacimiento, matrimonio u otros que acrediten entroncamiento.
- Certificado negativo de gravamen del predio que se pretende afectar.
- Declaración expresa de no tener deudas pendientes.Pueden constituir Patrimonio Familiar:
• Cualquiera de los cónyuges sobre bienes de su propiedad
• Los cónyuges de común acuerdo sobre los bienes de la sociedad conyugal
• El padre o la madre que haya enviudado o se haya divorciado sobre sus bienes propios .
• El padre o la madre solteros, sobre bienes de su propiedad
• Cualquier persona dentro de los límites en que pueda donar o disponer libremente en testamento. Pueden ser Beneficiarios:
• Los cónyuges
• Los hijos u otros descendientes menores de edad o incapaces
• Los padres y otros ascendientes que se encuentren en estado de necesidad
• Los hermanos menores o incapaces del constituyente.
B. ESCRITURAS PUBLICAS
COMPRA-VENTA, DACIÓN EN PAGO, PERMUTA Y OTROS EN LOS QUE SE TRANSFIERA PROPIEDAD
Requisitos
- Minuta autorizada por Abogado y suscrita por los Vendedores y Compradores.
- Copia de los Documentos de identidad de los contratantes.
- Copia literal actualizada de la partida registral del inmueble materia de venta.
- Vigencia de Poder expedido por la SUNARP, en caso actuar a través de apoderados o representación de una persona jurídica.
- Declaración Jurada de Autoavalúo (Impuesto Predial) incluyendo el HR y el PU, así como los recibos de pago de los cuatro trimestres del año en que se efectúa la transferencia.
- Pago de Impuesto a Alcabala si valor de transferencia es mayor a 10 UIT o constancia de exoneración o inafectación, expedida por SAT o Municipalidad respectiva.
- Recibo de Pago con carácter definitivo del Impuesto a la Renta, cuando corresponda.
- Medio de pago financiero (cheque o depósito en cuenta) copia del cheque o del voucher del depósito en cuenta si el valor de transferencia es igual o mayor a S/. 3,500 o $1,000. De utilizarse otro medio de pago se indicará en la Escritura Pública.
DONACIÓN
Requisitos
- Minuta autorizada por Abogado y suscrita por los otorgantes, (donante/donatario).
- Copia de los Documentos de Identidad de los Contratantes.
- Copia literal actualizada de la partida registral del inmueble.
- Vigencia de Poder expedida por la SUNARP, en caso se actúe a través de apoderados.
- Declaración Jurada de Autoavaluo (Impuesto Predial) incluyendo el HR y el PU, así como los Recibos de Pago de los cuatro trimestres del año en que se efectúa la transferencia.
- Pago de Impuesto a Alcabala excepto supuestos o constancia de exoneración o inafectación, expedida por SAT o Municipalidad respectiva.
- Medio de pago financiero (cheque o depósito en cuenta) hacer llegar copia del cheque o del voucher del depósito en cuenta si el valor de transferencia es igual o mayor a S/.3,500 o $1,000. De utilizarse otro medio de pago se indicará en la Escritura Pública.
ANTICIPO DE LEGÍTIMA
Requisitos
- Minuta autorizada por Abogado y suscrita por los otorgantes.
- Copia de los Documentos de Identidad de los Contratantes.
- Copia literal actualizada de la partida registral del inmueble.
- Vigencia de Poder expedido por la SUNARP, en caso actuar a través de apoderados.
- Partida de nacimiento original de los herederos forzosos
- Declaración Jurada de Autoavalúo (Impuesto Predial) incluyendo el HR y el PU, así como los Recibos de Pago de los cuatro trimestres del año en que se efectúa la transferencia.
- Medio de pago financiero (cheque o depósito en cuenta) hacer llegar copia del cheque o del voucher del depósito en cuenta si el valor de transferencia es igual o mayor a S/.3,500 o $1,000. De utilizarse otro medio de pago se indicará en la Escritura Pública.
- Declaración Jurada de herederos forzosos.
OTORGAMIENTO DE PODER POR ESCRITURA PUBLICA
Requisitos
- Minuta suscrita por los otorgantes y autorizada por Abogado (Opcional)
- Copia del Documento de Identidad del otorgante del poder
- Vigencia de poderes, si se va a delegar un poder ya otorgado, y se cuenta con la autorización correspondiente. No se requiere que la persona a quien se otorga el poder intervenga en la Escritura Pública, pero si se requieren sus datos de identidad exactos.
CONSTITUCIÓN Y LEVANTAMIENTO DE HIPOTECA
Requisitos
- Minuta suscrita por quien constituye la hipoteca y la persona a cuyo favor se constituye la hipoteca y autorizada por Abogado. Para el caso del levantamiento de hipoteca sólo será suscrito por la persona a cuyo favor se constituyó la hipoteca.
- Copia de los Documentos de Identidad de los Contratantes.
- Copia literal actualizada de la partida registral del inmueble materia de garantía.
- Vigencia de Poderes expedido por la SUNARP, en caso de actuar a través de apoderados o representación de una persona jurídica.
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES
Requisitos
- Minuta suscrita por todos los que constituyen la sociedad y autorizada por Abogado
- Copia de los Documentos de Identidad de los otorgantes.
- En caso de que el capital social sea aportado mediante bienes muebles, acompañar Declaración Jurada de Recepción de Bienes formulada por el Gerente General, indicando la valorización comercial de cada uno de los bienes aportados y su recepción conforme en representación de la sociedad.
- Si se aporta dinero en efectivo, acompañar el voucher o constancia de depósito del capital a nombre de la sociedad, en una entidad del Sistema Financiero.
- Si se aporta al capital social bienes inmuebles inscritos en el Registro de Predios o vehículos inscritos en el Registro Vehicular, acompañar copia literal de la partida registral donde se encuentra inscrito el inmueble o vehículo a favor de los socios que aportan dichos bienes y los requisitos especiales señalados en cada caso.
AUMENTO DE CAPITAL
Requisitos
- Copia de los Documentos de Identidad de la persona que suscribe la minuta.
- Copia del acta donde conste el acuerdo de aumento de capital debidamente suscrita por los socios.
- En el caso de que el aumento provenga de bienes muebles aportados al capital social, acompañar Declaración Jurada de Recepción de Bienes formulada por el Gerente General e Informe indicando la valorización comercial de cada uno de los bienes aportados.
- En el caso de que el aumento provenga de aporte de dinero en efectivo, acompañar el voucher o constancia de depósito del capital a nombre de la sociedad, en una entidad del Sistema Financiero.
- Si se aporta al capital social bienes inmuebles inscritos en el Registro de Predios o vehículos inscritos en el Registro Vehicular, acompañar copia literal de la partida registral donde se encuentra inscrito el inmueble o vehículo a favor del / los aportantes de dichos bienes.
- Si el aumento es por capitalización de créditos o resultado de operaciones contables, se acompañará Constancia o Voucher contable, en el que figure el aumento en la cuenta capital, debidamente suscrito y sellado por Contador Público Colegiado.
C. TRANSFERENCIAS VEHICULARES
COMPRA VENTA DE VEHÍCULOS
Requisitos
- Presentar original de la tarjeta de Propiedad del Vehículo.
- Presentar el SOAT vigente.
- Presentar original y copia del documento nacional de identidad del comprador y del vendedor.
- En caso de personas jurídicas, comprador o vendedor, presentar vigencia de poderes.
- En caso de vehículo nuevo, presentar original de la póliza de importación del vehículo, con los derechos aduaneros debidamente cancelados.
- Boleta informativa del vehículo, expedido por Registros Públicos.
- Presentar liquidación de la Municipalidad y comprobante de Pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular (de corresponder).
- Se verificará si el vehículo tiene papeletas, órdenes de captura medidas de embargo.
Área Extraprotocolar
A. ACTAS
DE AUTORIZACIÓN PARA VIAJE DE MENORES
Requisitos:
- Partida original de Nacimiento del Menor.
- Documentos de identidad de los padres, tutores o curadores (copia certificada de la resolución judicial) que autorizan.
- Para el caso de autorizaciones de viaje para el exterior: Deben firmar ambos padres. En caso de ausencia de uno o ambos padres se requiere poder específico y vigente. En caso de que el padre se encuentre en el extranjero: poder consular, con firma legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. En el caso de padre/madre fallecido o en caso de haber sido reconocido por uno solo bastará la firma del sobreviviente o del que efectuó el reconocimiento, respectivamente.
PODERES FUERA DE REGISTRO
Son Poderes que se otorgan para la realización de actos de administración (por ejemplo alquiler de bienes) y el cobro de cantidades menores a 1 UIT. No sirven para la realización de actos que conlleven la disposición (venta, donación, etc.) o gravamen (por ejemplo constitución de garantías) de bienes ya que en dichas situaciones se requerirá poder por escritura pública. Requisitos:
- Documento de identidad del poderdante
- Proporcionar la identificación del apoderado
ACTAS DE PRESENCIA NOTARIAL
1. De destrucción de bienes. Requisitos:
- Solicitud del representante legal indicando fecha, lugar y hora de realización del acto (previa coordinación con la Notaria).
- Vigencia de poder del representante legal.
- Relación de bienes a destruir con características que permitan su identificación (modelo, número de serie, cantidad, peso, etc.).
- Copia de la Comunicación a SUNAT
2. De entrega. Requisitos:
- Solicitud del representante legal indicando fecha, lugar y hora de realización del acto (previa coordinación con la Notaria). En la solicitud se debe detallar los bienes a entregar, así como las personas que entregarán y los que recibirán los mismos.
- Vigencia de poder del representante legal.
3. De licitaciones y concursos.
- Solicitud del representante legal indicando fecha, lugar y hora de realización del acto (previa coordinación con la Notaria). Adjuntar copia de las Bases.
4. De sorteos y de entrega de premios.
- Adjuntar Resolución autoritativa
B. CERTIFICACIONES
ENTREGA DE CARTAS NOTARIALES
Requisitos:
- Presentar la carta en original firmada por el remitente
- Se debe indicar el nombre completo del remitente (teléfono) y destinatario, así como su dirección completa y referencia de la dirección.
- Adjuntar anexos que indique la carta.
EXPEDICIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS
Requisitos:
- Presentación del Libro de Actas original u hojas sueltas debidamente legalizadas, de la empresa o asociación. Este libro deberá contener el Acta que se desea certificar, la cual debe estar suscrita por todos los participantes de la reunión
- En caso de tener enmendaduras, entrelíneas o enmendados deben estar salvados y visados con el mismo tipo de letra y tinta por las mismas personas que suscribieron las actas.
CERTIFICACIÓN DE FIRMAS
Requisitos:
- Presentar el DNI original, debiendo estar vigente con la constancia de votación, dispensa o pago de multa
CERTIFICACIÓN DE REPRODUCCIONES
Requisitos:
- Presentar el original del documento
CERTIFICACIÓN DE APERTURA DE LIBROS Y HOJAS SUELTAS
Requisitos:
- Presentar DNI del titular y/o representante legal
- Documentos que acrediten representación
-
A partir del segundo libro u hojas sueltas cuya apertura se desea certificar se deberá presentar el original del último libro
CONSTANCIA DE SUPERVIVENCIA
Requisitos:
- Presentar DNI del solicitante
- Presencia física del solicitante
CERTIFICADOS DOMICILIARIOS
Requisitos:
- Adjuntar recibo de servicios (luz, agua) del lugar donde se realizará la constatación
- Documento de identidad de la persona que se verificará su domicilio
ATENDEMOS DE: LUNES A VIERNES DE 8am – 6:45pm SÁBADOS DE 9am – 1pm TELFS. (01) 281-2531 | (01) 496-1741
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Nuestro Objetivo
Nuestro oficio notarial está orientado a brindar servicios a personas naturales y jurídicas, tanto nacionales como extranjeras, con una perspectiva de eficiente manejo de recursos humanos y logísticos. En tal sentido, nuestros esfuerzos están dirigidos a satisfacer plenamente las necesidades de servicios de nuestros clientes. Para lograr este objetivo, no sólo contamos con profesionales con estudios en las más importantes universidades y escuelas de graduados del país, con amplia experiencia y conocimiento en la actividad notarial y registral sino también con una infraestructura física adecuada y soporte informático de última generación, software notarial y acceso en línea a entidades públicas como SUNARP, RENIEC, MIGRACIONES, etc., estando además ubicados en una zona céntrica y de fácil acceso del distrito de Villa María del Triunfo.
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